Francisco S. López
Romito Miembro del Comité
Regional del PSM-PSOE
En la primera parte tratamos sobre la propuesta de
Referéndum contra el probable rescate europeo negociado por el Gobierno del PP.
Veamos ahora, con un cierto detalle la propuesta de
respuesta a las inquietudes de muchos pensionistas y trabajadores sobre el
futuro inmediato y a largo plazo sobre el actual sistema de pensiones.
Blindar
en la Constitución el modelo de pensiones
Creo haber entendido que la propuesta respondería a
los temores de que los recortes del gobierno del PP y su explícita orientación
ideológica pudiesen poner en peligro el actual sistema y suponer un daño a los
intereses de pensionistas presentes y futuros.
Mi duda reside en si una formulación tan simplista
da una respuesta adecuada. Al menos sería de agradecer que se explicitara el
qué y cómo.
Por otra parte parece transmitirse la idea de que
la C.E. no garantiza un modelo social en el que se inscribe el actual sistema
de pensiones. Veamos.
El modelo jurídico y social está definido en el
Título I “De los derechos y deberes
fundamentales” que, en el Capítulo Tercero “De los principios rectores de la política social y económica” trata
la Seguridad Social en su Art. 41 y en el Art. 49 atiende la situación de las
personas con discapacidad y dependencia. Y
prescribe en el Art. 50: “Los poderes
públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente
actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera
edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán
su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus
problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.”
Por último, en su Art. 129.1 prevé la participación
de todos los agentes interesados en la Seguridad Social, al tiempo que en los
artículos 139.1 y 149.1.1º y 17º, garantiza la igualdad de todos los españoles.
Con el Texto Refundido de la Ley General de la
Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 1/1994) y el posterior Pacto de
Toledo en 1995 y la creación del Fondo de Reserva se ha dotado al sistema de
una importante estabilidad. Todo sistema de Seguridad Social y en materia de
pensiones, especialmente, se hace necesario ir adecuándolo a las modificaciones
presentes y previsibles en materia de población, a nuevos colectivos
incorporados al sistema y a la propia evolución de la economía nacional. Sería
claramente negativo un “blindaje” que dificultara o impidiese esas
adecuaciones; de hecho y sobre todo por los gobiernos socialistas se han ido
introduciendo numerosas modificaciones.
Es conocida la
opción de la derecha por un sistema de pensiones de capitalización, pero quien
lea atentamente el primer párrafo del Art. 50 de la C.E. verá que el único
sistema posible constitucionalmente es uno de reparto, cuando no se trate de ir
a una financiación vía impuestos redistributiva. Es posible que puedan alterarse, dentro de ciertos límites,
las proporciones entre períodos y montos de cotización y pensiones, así como su
actualización anual. Y conviene no olvidar la reciente modificación de la edad
de jubilación por el último gobierno socialista.
Como siempre, la
C.E. ofrece un margen para el lógico juego de las diferentes opciones de
izquierda o derecha, pero ese es el terreno propio de la confrontación
electoral y política en una democracia parlamentaria como la nuestra.
No estoy muy
convencido de que, en esta materia, la vigente C.E. necesite mayores
precisiones. Si las hubiese, agradeceré me las muestren y pienso que otro tanto
harían muchos ciudadanos para apoyar nuestras propuestas.
Así, sin más
precisiones, eso del blindaje no se si será muy de izquierdas o simplemente
conservador.
Para terminar,
todavía no comprendo por qué aplaudían con tanto entusiasmo estas dos
propuestas del Secretario General en el Comité Regional del PSM el 16 de
Septiembre pasado.