miércoles, 10 de octubre de 2012

Propuestas políticas que marcan la diferencia (y II)

Francisco S. López Romito Miembro del Comité Regional del PSM-PSOE
En la primera parte tratamos sobre la propuesta de Referéndum contra el probable rescate europeo negociado por el Gobierno del PP.

Veamos ahora, con un cierto detalle la propuesta de respuesta a las inquietudes de muchos pensionistas y trabajadores sobre el futuro inmediato y a largo plazo sobre el actual sistema de pensiones.
Blindar en la Constitución el modelo de pensiones
Creo haber entendido que la propuesta respondería a los temores de que los recortes del gobierno del PP y su explícita orientación ideológica pudiesen poner en peligro el actual sistema y suponer un daño a los intereses de pensionistas presentes y futuros.
Mi duda reside en si una formulación tan simplista da una respuesta adecuada. Al menos sería de agradecer que se explicitara el qué y cómo.
Por otra parte parece transmitirse la idea de que la C.E. no garantiza un modelo social en el que se inscribe el actual sistema de pensiones. Veamos.
El modelo jurídico y social está definido en el Título I “De los derechos y deberes fundamentales” que, en el Capítulo Tercero “De los principios rectores de la política social y económica” trata la Seguridad Social en su Art. 41 y en el Art. 49 atiende la situación de las personas con discapacidad y dependencia. Y prescribe en el Art. 50: “Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.”
Por último, en su Art. 129.1 prevé la participación de todos los agentes interesados en la Seguridad Social, al tiempo que en los artículos 139.1 y 149.1.1º y 17º, garantiza la igualdad de todos los españoles.
Con el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 1/1994) y el posterior Pacto de Toledo en 1995 y la creación del Fondo de Reserva se ha dotado al sistema de una importante estabilidad. Todo sistema de Seguridad Social y en materia de pensiones, especialmente, se hace necesario ir adecuándolo a las modificaciones presentes y previsibles en materia de población, a nuevos colectivos incorporados al sistema y a la propia evolución de la economía nacional. Sería claramente negativo un “blindaje” que dificultara o impidiese esas adecuaciones; de hecho y sobre todo por los gobiernos socialistas se han ido introduciendo numerosas modificaciones.
Es conocida la opción de la derecha por un sistema de pensiones de capitalización, pero quien lea atentamente el primer párrafo del Art. 50 de la C.E. verá que el único sistema posible constitucionalmente es uno de reparto, cuando no se trate de ir a una financiación vía impuestos redistributiva. Es posible que  puedan alterarse, dentro de ciertos límites, las proporciones entre períodos y montos de cotización y pensiones, así como su actualización anual. Y conviene no olvidar la reciente modificación de la edad de jubilación por el último gobierno socialista.
Como siempre, la C.E. ofrece un margen para el lógico juego de las diferentes opciones de izquierda o derecha, pero ese es el terreno propio de la confrontación electoral y política en una democracia parlamentaria como la nuestra.
No estoy muy convencido de que, en esta materia, la vigente C.E. necesite mayores precisiones. Si las hubiese, agradeceré me las muestren y pienso que otro tanto harían muchos ciudadanos para apoyar nuestras propuestas.
Así, sin más precisiones, eso del blindaje no se si será muy de izquierdas o simplemente conservador.
Para terminar, todavía no comprendo por qué aplaudían con tanto entusiasmo estas dos propuestas del Secretario General en el Comité Regional del PSM el 16 de Septiembre pasado.

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